Decreto Nº 1830-2009 Organización de las estructuras orgánico funcionales por las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1772/09 modificatorios de la Ley Orgánica de Ministerios N° 2571

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DECRETO Nº 1830 /09.-

NEUQUÉN, Septiembre de 2009.-

 

VISTO:

Las Leyes N° 2336 Y 2571 Y el Decreto N° 1772/09; y

 

CONSIDERANDO:

          Que el artículo 14° de la mencionada Ley Nº 2336 establece que la designación de personal en planta política caducará cuando la autoridad correspondiente lo determine y como fecha máxima al término de cada gestión de gobierno;

          Que en virtud de las facultades conferidas por el artículo 35° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 2571, mediante Decreto N° 1772/09, se modificó la estructura ministerial con el objeto de readecuarla orgánica y funcionalmente a los fines y objetivos del Gobierno de la Provincia del Neuquén;

          Que las nuevas autoridades se encuentran en proceso de definir las estructuras orgánico-funcionales en cumplimiento de las competencias asignadas mediante Decreto N° 1772/09;

          Que conforme las facultades previstas en el Título IV Capítulo XVII de la Ley Orgánica de Ministerios N° 2571, resulta imperioso adoptar las medidas necesarias con el fin de mantener el funcionamiento de los organismos provinciales por un lapso prudencial, durante el cual deberán definirse las nuevas estructuras orgánico-funcionales;

          Que las empresas del Estado Provincial, en su calidad de personas jurídicas públicas o privadas creadas por el Estado, que realizan habitualmente actividades comerciales o industriales o que tienen a su cargo la prestación de servicios públicos, no se encuentran incluidas en las previsiones del presente decreto;

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

DECRETA:

 

Artículo 1º: INSTRÚYASE a todos los Ministros y Secretarios de Estado para que, en virtud de las modificaciones introducidas mediante Decreto N° 1772/09, presenten ante la Sra. Ministra Coordinadora de Gabinete las estructuras orgánico-funcionales para su correspondiente aprobación.

Artículo 2°: EXTIÉNDANSE las designaciones de la Planta Política vigentes al 1° de Septiembre de 2009 para los cargos AP5, AP6, AGO, AG1, AG2, FS1, FS2 e inferiores, hasta la aprobación de la estructura orgánico-funcional pertinente, estableciéndose como fecha límite de prórroga el día 30 de Septiembre de 2009.

Artículo 3°: EXCEPTÚANSE de los alcances del presente Decreto todas las empresas de Estado Provincial, incluidas las sociedades del estado y las sociedades con participación estatal.

Articulo 4°: PRORRÓGANSE hasta el día 30 de Septiembre de 2009, las actuales imputaciones presupuestarias para los distintos Servidos Administrativos que presupuestariamente conforman las dependencias del Poder Ejecutivo. .

Articulo 5°: Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las áreas afectadas por la presente medida se hará con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Articulo 6°: Los responsables de las unidades sectoriales de Recursos Humanos de los distintos organismos deberán efectuar las notificaciones y los controles necesarios, con el fin de no generar pagos indebidos a partir de la fecha límite de prórroga establecida en el presente.

Articulo 7°: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra Coordinadora de Gabinete y por la Sra. Ministra de Hacienda y Obras Públicas.

Articulo 8°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Boletín Oficial y Archívese.

 

Fdo) SAPAG

REINA

RUIZ

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