Resolución Nº 213-2008 MHOySP Procedimiento al cual deberán ajustarse los acreedores para la aceptación de los Títulos TIPRODEU

Print Friendly, PDF & Email

 

RESOLUCIÓN Nº 213/2008 MHOySP.-

NEUQUEN, 30 DE JUNIO DE 2008.-

 

VISTO

La Ley Nº 2575 mediante la cual se autoriza al Poder Ejecutivo a emitir el denominado “Título Provincial de Cancelación de Deuda” (TIPRODEU), por un monto de hasta Ciento Cincuenta Millones ($150.000.000.-) y el Decreto Reglamentario Nº 1025/08; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3° de la mencionada Ley autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, a convenir las formas de cancelación de las obligaciones utilizando como medio de pago los “Títulos Provinciales de Cancelación de Deuda” (TIPRODEU);

Que el Artículo 16° del Decreto Reglamentario Nº 1025/08 establece que el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos será la autoridad de aplicación de la Ley Nº 2575, estando facultado en tal carácter para resolver las cuestiones que genere su puesta en práctica, y dictar normas aclaratorias, interpretativas o complementarias;

Que es necesario establecer el procedimiento al cual deberán ajustarse los acreedores del Estado Provincial, comprendidos en los términos de la Ley Nº 2575, para la aceptación voluntaria de los Títulos “TIPRODEU”, a fin de que el Estado cancele sus acreencias;

Que a fojas 19/20 y 21 del Expediente Nº 4701-000036/2008, caratulado “DECRETO REGLAMENTARIO LEY Nº 2575”, obran respectivamente el modelo de “Cédula de Notificación – Art. 151 Ley Nº 1284” y “Acta de Aceptación Títulos Ley Nº 2575“, los cuales cuentan -entre otros- con la intervención de la Dirección Provincial de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Contaduría General de la Provincia, Asesoría General de la Gobernación, Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas;

Que a fin de instrumentar la operatoria de aceptación voluntaria por parte de los acreedores de la modalidad de pago citada, es necesario aprobar los modelos indicados en el párrafo precedente;

Por ello,

LA MINISTRO DE HACIENDA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 RESUELVE:

Artículo 1°: ESTABLEZCASE que los acreedores comprendidos en los términos de la Ley Nº 2575 y Decreto Reglamentario Nº 1025/08 dispondrán de un plazo de 30 días corridos, contados a partir de su fehaciente notificación, a fin de manifestar la aceptación voluntaria a la forma de pago propuesta, conforme el Articulo 7°, Incisos b) ó c) según corresponda, del

Artículo 2°: APRUEBASE el modelo de “Cedula de Notificación – Art. 151 Ley Nº 1284” y “Acta de Aceptación Títulos Ley Nº 2575” que como Anexo I y II respectivamente, forman parte integrante de la presente.­

Articulo 3°: Comuníquese y Cumplido, ARCHIVESE.

 

Fdo) RUIZ

 

ANEXO I

 

CEDULA DE NOTIFICACION – ART. 151 LEY Nº 1284

 

Sr …..

Dom. ……..            NEUQUEN CAPITAL

 

Por medio de la presente nos dirigimos a Ud., a efectos de informarle que en razón del estado actual de las finanzas provinciales, nos hemos visto compelidos a diagramar una metodología de pago para afrontar las deudas correspondientes al Ejercicio 2007.

En virtud de lo expuesto precedentemente, la Honorable Legislatura de la Provincia del Neuquén ha promulgado la Ley Nº 2575, reglamentada mediante Decreto Nº 1025/08 por el Poder Ejecutivo.- Dicha norma autoriza y dispone la emisión de valores denominados: “Título Provincial de Cancelación de Deudas ­TIPRODEU”, caracterizados principalmente por ser títulos nominativos, transferibles y con una tasa de interés del 12% anual. La Administración Central, las Entidades Descentralizadas, las Empresas y Sociedades del Estado aceptarán estos valores con los cuáles el tenedor podrá disponer su utilización para cancelar total o parcialmente obligaciones pendientes, como así también podrá constituir fianzas, cauciones reales y depósitos de garantía exigidos por la Provincia, o bien utilizarse para atender la cancelación de obligaciones tributarías provinciales, en un todo de acuerdo al esquema dispuesto por la Ley supra mencionada.

La normativa precedentemente indicada dispone que la emisión, transmisión y endoso de los títulos se encuentran exentas del impuesto de sellos, alcanzando también a las operaciones de crédito relacionadas con los mismos.

Sentado lo que precede, estamos en condiciones de informarle que según nuestro sistema de registración contable, existe una acreencia a su favor, conforme detalle adjunto, y que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° del Decreto Nº 1025/08, Ud. dispondría del esquema de cancelación de deuda que en el mismo se indica.

A los efectos de instrumentar administrativamente la presente propuesta Ud. dispone de un plazo de 30 días corridos para que manifieste expresamente su aceptación. Transcurrido dicho plazo se presumirá rechazada tácitamente la propuesta.

De ser aceptada la, propuesta de cancelación de deudas mediante la emisión de Títulos TIPRODEU, solicitamos comunicarse a los Teléfonos Nº………….. donde se le informará la fecha, horario y lugar en la que deberá presentarse en nuestras oficinas a efectos de suscribir el “Acta de Aceptación Títulos Ley Nº 2575“, cuyo modelo se adjunta.

A los fines de dar agilidad al tramite, se le recomienda que en oportunidad de suscribir el acta mencionada, deberá estar munido de la documentación que para cada caso se indica: a) Personas físicas deberá concurrir con el Documento Nacional de Identidad y Poder Especial, de corresponder, b) Representante de Personas Jurídicas: D.N.I., Documentación que acredite fehacientemente la representación que ejerce y la facultad para suscribir el Acta

Nos encontramos plenamente convencidos que con su acompañamiento a la actual gestión de gobierno y la aceptación de esta excepcional metodología de pago, lograremos superar la difícil situación financiera que atraviesa nuestra provincia.

Para su mayor ilustración, análisis y conocimiento, se informa que el texto de la Ley Nº 2575 y el Decreto Reglamentario Nº 1025/08 se encuentran en la pagina www.neuquen.gov.ar.

 

Sin más que agregar, saludamos a Ud. cordialmente.­

 

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.­

 

  

ANEXO II

 

ACTA DE ACEPTACION TITULOS LEY Nº 2575

En la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre, a los …… días del mes de …………. 2008, se hace presente el Sr. D.N.I. …………… en su carácter de ……………………….de , quien voluntariamente adhiere a lo dispuesto en el presente en todos sus términos y alcances, y a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Nº 2575 y el Decreto Provincial Nº 1025/08.

La deuda que se cancela, cuyo detalle se adjunta y forma parte de la presente, asciende a la suma de pesos……………………………………………. ($ ).- El Acreedor acepta en este acto la cancelación de su acreencia conforme a lo siguiente:

a)       La suma de pesos………………. ($ ) en moneda de curso legal, mediante los procedimientos habituales establecidos para los pagos que realiza. la Administración Pública Provincial.­

b)       El saldo restante, es decir pesos……….. ($ ), mediante títulos TIPRODEU, los que. serán puestos a su disposición mediante el depósito en una cuenta custodia abierta a tal fin en el Banco Provincia del Neuquén S.A., sin cargo por el término de 60 días, plazo en el cual el Banco procederá a la entrega de los mismos.­

c) El pago, de acuerdo a lo establecido precedentemente, se efectivizará en un plazo de 15 días a partir de la firma del presente.­

Manifiesto expresamente conocer que la suscripción del presente implica la aceptación de los títulos valores denominados TIPRODEU como forma de cancelación de la deuda del Estado Provincial y consecuentemente la extinción irrevocable del crédito, la novación de la obligación original y de cualquiera de sus accesorios, así como todos los efectos inmediatos, mediatos y remotos que el incumplimiento de las obligaciones pudieren provocar o haber provocado.­

Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-

Pages:
Edit