Circular Nº 02-2008 SEGPyCE Procedimiento para todas las compras o contrataciones de monto superior a $2.000

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CIRCULAR Nº 02/08

Neuquén, 14 de febrero de 2008.

 

 

 

Al

Contador General de la Provincia

Ministerio de Hacienda, Obras y Serv. Púb. Cr. Jorge Bonaiuto

S                          /                                   D

Me dirijo a Ud. a efectos de ponerlo en conocimiento que, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 2571 Orgánica de Ministerios de la Provincia del Neuquén y por expresas indicaciones del Sr. Gobernador de la Provincia, Dr. Jorge Augusto Sapag, todo proceso de contratación, incluyendo los que sean declarados secretos, deberán ser visados por la Oficina Provincial de Contrataciones dependiente de la Secretaría de Estado de la Gestión Pública y Contrataciones del Estado.

 

El procedimiento para el visado de la Oficina Provincial en las contrataciones de la Administración Pública, (incluidos los organismos descentralizados y las Empresas del Estado), es el que a continuación se detalla.

 

En los casos en que sea posible, se solicita que, en esta primera etapa, las contrataciones se realicen por un plazo no mayor a 3 meses, a fin de que la Oficina Provincial de Contrataciones pueda realizar un relevamiento de precios en el mercado, con el objeto de lograr precios más razonables en las contrataciones públicas.

 

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, y de acuerdo a lo normado en el art. 41 del Reglamento de Contrataciones, Anexo II del Decreto Reglamentario Nº 2758/95, el procedimiento a seguir, para todas las compras o contrataciones de monto superior a $2.000 (La planilla remitida el 28/12/07 establecía $ 20.000 como importe mínimo, sin embargo, y por expresas órdenes del Sr. Gobernador el monto pasa a ser $ 2.000.) es el siguiente:

1) Al momento de preparar el pedido de cotización, se enviará vía e-mail la planilla que acompañó la Nota remitida por el Sr. Secretario de Estado de la Gestión Pública y Contrataciones del Estado a todos los Ministros y Secretarios de Estado, con fecha 28/12 próximo pasado, anexando el pedido de cotización que se remite a los proveedores, del que surge la itemización detallada del pedido. Esta primera remisión posibilita comenzar con el relevamiento de precios en el mercado.

 

2) Si se trata de una contratación sin apertura de sobres, también vía e-mail, se remitirán las cotizaciones recibidas. En caso de tratarse de una contratación con apertura de sobres, ésta Oficina deberá ser invitada al acto, debiendo comunicarse lugar, fecha y hora del mismo, con una anticipación no menor de 72 horas. Con posterioridad a la apertura de sobres, la dependencia remitirá el cuadro resumen de ofertas, vía e-mail.

 

3) Antes de la contratación, o en su caso, de la comunicación de la preadjudicación a los proponentes, se remitirá el expediente a ésta Oficina, incluyendo el Informe de la Comisión de Preadjudicación o la decisión del responsable administrativo respecto de la elección de la cotización más conveniente.

 

4) Verificados los precios, si constituyen ofertas válidas y convenientes a los intereses del Estado, serán devueltos los expedientes con el visto bueno correspondiente. De corresponder, y atendiendo razones de economía procesal, se remitirá a la Contaduría General de la Provincia, para su intervención de competencia. Por ende, se sugiere cumplimentar toda la documentación a tal efecto.

 

5) Si en aplicación de lo establecido en los artículos 44 y 45 del Reglamento de Contrataciones, algún renglón o parte de éste resultase oferta inválida o inconveniente, el procedimiento a aplicar es el que surge del artículo 64 inciso 2 apartado b) de la Ley 2141. Vale decir, que la contratación original sigue su curso excepto para ese renglón o parte del mismo, para el cual se habilita la contratación directa, en otro trámite, en las condiciones del artículo 75 inciso b) del reglamento de contrataciones, a un precio que no supere el 5% del valor que surge del dictamen de ésta Oficina.

 

6) Las contrataciones directas cotizadas a precios inconvenientes serán desestimadas.

 

Quedan exceptuadas del procedimiento establecido ut supra, las contrataciones de servicios públicos y aquellas a que hace referencia el decreto 2748/96 (cobertura de seguros por parte del BPN).

 

Por otra parte, en ejercicio de su función como órgano rector en materia de contrataciones, ésta Oficina está abocada a la revisión de los pliegos licitatorios y de los contratos utilizados por los distintos organismos de la Administración Pública Provincial. El objeto de la mencionada tarea es la unificación de formatos en la materia, tendientes a lograr la centralización normativa establecida en la Ley 2571 Orgánica de Ministerios. En tal sentido, se solicita remitir vía e-mail los proyectos de pliegos de bases y condiciones generales, particulares y especificaciones técnicas o términos de referencia.

 

Como regla general, se establece que todas las comunicaciones entre las unidades operativas de administración y la Oficina Provincial de Contrataciones serán vía e-mail a la siguiente dirección opcontrataciones@neuquen.gov.ar

 

El presente instructivo tiene vigencia desde la fecha de su notificación. Solicitamos tenga a bien instruir al personal a su cargo, a los efectos de dar cumplimiento a lo expresado en la presente circular.

 

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