Ley Nº 2939-2014 – Convenio Colectivo de Trabajo Secretaria de Trabajo

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LEY 2939

La Legislatura de la Provincia del Neuquén

Sanciona con Fuerza de

Ley:

Artículo 1° Apruébase el Título III del Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, homologado por la Subsecretaría de Trabajo mediante Resolución 099/14, de fecha 30 de octubre de 2014, que como Anexo Único es parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2° Incorpórase al final del artículo 1º, inciso D-1 de la Ley 2265, lo siguiente:
“D-1. (…) y al personal de la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, para el cual será de aplicación lo establecido en el inciso D-12.”.

Artículo 3º Incorpórase el inciso D-12 al artículo 1º de la Ley 2265, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“D-12. Las remuneraciones, bonificaciones, adicionales y condiciones laborales del personal de la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, serán las establecidas en el Convenio Colectivo de Trabajo específico, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la presente Ley en los casos especialmente previstos en ese Convenio. No serán de aplicación para este personal los artículos 2º, 3º, 5º, 6º, 23, 24, 26, 27, 37, 41 y 44 de la presente Ley.”.

Artículo 4º Derógase el artículo 36 bis de la Ley 2265.

Artículo 5º Derógase el artículo 3º de la Ley 2279.

Artículo 6º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los cuatro días de diciembre de dos mil catorce.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Graciela María Muñiz Saavedra
Vicepresidenta 1º a/c. Presidencia
H. Legislatura del Neuquén

Lic. María Inés Zingoni
Secretaria
H. Legislatura del Neuquén

 

ANEXO

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