Ley Nº 139-1960 Concesión de un pasaje anual sin cargo a los agentes del estado
LEY 139 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1°: Concédese a todos los agentes del Estado provincial, un pasaje anual sin cargo, de ida y vuelta, primera clase, con cama o pullman, a cualquier punto del país, en todos los ferrocarriles nacionales o transportes automotores. […]