Decreto N° 822-2009 – Emprendimientos Hidroeléctricos S.E.P. (EMHIDRO S.E.P.)

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DECRETO Nº 0822/09.-
NEUQUÉN, 13 MAY 2009

VISTO:

El Expediente Nº 4808-000034/08 del Registro de la Unidad de Gestión Chihuidos I y II; y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia lleva adelante una política de aprovechamiento de sus recursos naturales, específicamente de los recursos hídricos en todas las cuencas de Jurisdicción Provincial y en aquellas compartidas con otros Estados provinciales;

Que en tal contexto y en el marco de dicha política, se encuentra en marcha la Convocatoria Pública a Inversores para la construcción, operación, mantenimiento y explotación del Aprovechamiento Multipropósito Chihuido I, proceso que se realiza en forma conjunta y en el marco de los Convenios específicos con el Estado Nacional;

Que en el ámbito de la Provincia tal proceso se ejecuta a través de la Unidad de Gestión Chihuidos I y II, creada por Decreto Nº 025/08 y normada por Decreto Nº 1627/08;

Que no obstante encontrarse la tramitación en un estado avanzado, resulta imprescindible para actuar y desarrollar todas las acciones necesarias y alcanzar con éxito los objetivos fijados por el Gobierno Provincial, darle al proceso en marcha una estructura en un marco jurídico con un perfil empresarial;

Que según las experiencias y modelos aplicados en situaciones similares a la planteada, se concluye en la conveniencia de adoptar para esta estructura la forma jurídica de una Sociedad del Estado Provincial, conforme a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 20.705;

Que para la creación de la sociedad en cuestión, el Poder Ejecutivo Provincial cuenta con la autorización que le otorga la Ley Provincial Nº 790;

Que la sociedad que se propicia crear, tendrá como objeto: – Realizar en el marco de la política que determine el Poder Ejecutivo, operaciones de promoción, intermediación y prestación de serv1c1os de asesoramiento, administración, gerenciamiento o consultoría, relacionado con la ejecución, control, inspección y seguimiento de la concreción, desarrollo, operación, mantenimiento y explotación tendientes a lograr la ejecución y funcionamiento de obras de Aprovechamientos Hidráulicos Multipropósito en la Provincia del Neuquén y del resto del país, pudiendo intervenir directamente o asociada a terceros en su ejecución y en todo lo relativo al cumplimiento de su objeto, además de -gestionar, por los medios e instrumentos a su alcance, el financiamiento de proyectos de inversión de interés para la Provincia del Neuquén relacionadas a obras hidráulicas multipropósito y promocionar en el país y en el extranjero las ventajas u oportunidades que brinda la Provincia del Neuquén para la ejecución de este tipo de obras, -coordinar con los organismos políticos y técnicos correspondientes del Gobierno Nacional, Provincial e Ínterjurisdiccionales, la realización de los estudios hidráulicos que le sean requeridos con fines de regulación, ‘fiego y aprovechamiento energético, -y en general la sociedad podrá realizar toaas las actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto social, debiendo sujetar su actuación a los términos y las limitaciones surgidas de las Leyes Nº 899 y Nº 2386;
Que han intervenido las áreas legales pertinentes;

Artículo 1°: CRÉASE “EMPRENDIMIENTOS HIDOELÉCTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUEN”, con domiciljo social en la ciudad del Neuquén, conforme la Ley Provincial Nº 790 y AUTORIZASE al Señor, Secretario de Estado de Recursos Naturales a constituirla, en nombre y representación del Estado Provincial.-

Artículo 2°: La sociedad “EMPRENDIMIENTOS HIDROELÉCTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN”, se crea en el marco de lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 20.705 y sus modificatorias, y a lo establecido en su Estatuto Social, cuyo tenor se aprueba como Anexo I al presente Decreto, sin perjuicio de las modificaciones y/o ajustes que en su caso sea necesario introducir a requerimiento de los organismos administrativos o judiciales que intervengan en el trámite de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia.-

Artículo 3°: APRUÉBASE el tenor del proyecto de Acta Constitutiva de la Sociedad que se crea y que obra como Anexo II al presente Decreto.-

Artículo 4°: REESTRUCTÚRESE el Presupuesto General Vigente (Prorrogado) de la siguiente manera:

DEBITO
PRG 664 – DESARROLLO DE LOS SISTEMAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
PRY 001- APROVECHAMIENTO HIDROELÉCTRICO – CHIHUIDOS I YII
AES 001- DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN PROYECTO CHIHUIDOS I Y II

JUR SA uo FIN FUN SEC INC. pp DD SPAR FUFI UGBE Imoorte
01 ww 01 04 01 01 02 05 00 000 1111 000 $ 20.000
01 ww 01 04 01 01 03 01 00 000 1111 000 $ 20.000
01 ww 01 04 01 01 03 02 00 000 1111 000 $ 40.000
01 ww 01 04 01 01 03 03 03 000 1111 000 $ 30.000
01 ww 01 04 01 01 03 04 00 000 1111 000 $ 40.000
TOTAL DEBITO $ 150.000

CREDITO
NAP 090- CAPITALIZACIÓN Y ASISTENCIA FINANCIERA A EMPRESAS DEL
ESTADO Y OTROS ENTES

JUR SA UO FIN FUN SEC INC PP P SPAR FUFI UGBE Importe
01 WW 01 04 01 01 06 01 02 068 1111 0000 $100.000
EMPRENDIMIENTOS HIDROELECTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN (EMHIDRO S.E.P.)
CREACIÓN DE PARTIDA

NAP 090- CAPITALIZACIÓN Y ASISTENCIA FINANCIERA A EMPRESAS DEL ESTADO Y OTROS ENTES

JU SA UO FIN FUN SEC INC PP P SPAR FUFI UGBE Importe
01 WW 01 04 01 01 05 07 05 068 1111 0000 $50.000
APORTES PARA FUNCIONAMIENTO – EMHIDRO S.E.P.
CREACIÓN DE PARTIDA

TOTAL CRÉDITO $150

Artículo 5º: El funcionario autorizado según el Artículo 1 ° del presente, para constituir la sociedad “EMPRENDIMIENTOS HIDROELÉCTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN”, tendrá las más amplias facultades para concurrir al acto constitutivo de la Sociedad, para la suscripción de acciones, la designación de los directores y síndicos, la formalización de toda la
documentación necesaria y realización por sí o por delegación, de todos los trámites necesarios para la formalización e inscripción de la Sociedad. Podrá asimismo aceptar cualquier modificación que se exija al Estatuto por parte de los Organismos competentes. También estará facultado para suscribir e integrar el capital social.-

Artículo 6°: APRUÉBASE para la suscripción e integración del capital social de la sociedad “EMPRENDIMIENTOS HIDROELÉCTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL NEUQUÉN” y de los gastos que resulten de su inscripción y de todo otro cargo que demande el cumplimiento del presente Decreto, hasta la suma total de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,00), que será imputada a la siguiente Partida Presupuestaria:

NAP: 90 CAPITALIZACIÓN Y ASISTENCIA FINANCIERA A EMPRESAS DEL ESTADO

Jur S.A. uo CAT No. SUB AES FIN FUN SEC INC PP. DD. SPAR FF.
01 Vffl 01 NAP 90 000 000 04 01 01 06 01 02 068 1111 º ºº
01 Vffl 01 NAP 90 000 000 04 01 01 05 07 05 068 1111 O 0

Artículo 7°: Todo lo actuado, tramitado, adquirido, recopilado, elaborado, comprometido, las obligaciones y todo aquello que estuviera en las atribuciones y funciones de la Unidad de Gestión Chihuidos I y II; creada por Decreto Nº 025/08 y normada por Decreto Nº 1627/08; será transferido a la sociedad “EMPRENDIMIENTOS HIDROELÉCTRICOS SOCIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL DEL
NEUQUÉN”, una vez constituida formalmente, quedando a partir de ese momento derogados los decretos mencionados.-

Artículo 8°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Educación y Cultura y la Señora Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.-

Artículo 9°: Comuníquese, publíquese al Boletín Oficial y ARCHÍVESE.-

FDO) SAPAG
TOBARES
RUIZ

ANEXO

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