Decreto Nº 1573-2012 Autorización de la Contratación de personas bajo la figura de Contrato de Locación de Servicios a Plazo fijo y suscripción de Contratos de Locación de Servicios a Plazo fijo en el ámbito del Consejo Provincial de Educación

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DECRETO Nº 1573/2012.-

NEUQUÉN, 31 AGOSTO 2012.-

 

 

VISTO:

 

El expediente Nº 5721-001366/12 del registro de la Mesa de entradas y Salidas del Consejo Provincial de Educación, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Consejo Provincial de Educación debe garantizar el normal funcionamiento de los Establecimientos Educativos de todos los niveles durante los ciclos lectivos de enseñanza, en cumplimiento de los deberes establecidos en la Constitución Nacional y la Constitución Provincial;

 

Que distintos Establecimientos Educativos plantean la necesidad de contar con personal para desempeñarse como auxiliares de servicio para la realización de trabajos de limpieza de edificios escolares y preparación de refrigerio, garantizando las condiciones de higiene y demás tareas inherentes a sus funciones, en la Provincia del Neuquén;

 

Que del relevamiento realizado surgen las demandas producidas en virtud de la jubilación, renuncia o fallecimiento del personal auxiliar de servicio, lo que obliga a decidir por un mecanismo que permita la cobertura de los cargos por el personal a contratar;

 

Que por no contar los Establecimientos Educativos en sus plantas funcionales con la totalidad de los cargos aprobados por Normal Legal, resultan necesarias las contrataciones que se gestionan en los presentes actuados;

 

Que la presente Norma Legal requiere un tratamiento de excepción respecto de lo dispuesto en el Decreto Nº 1214/12;

 

Que a tal fin corresponde el dictado de la norma legal pertinente;

 

Por ello;

 

EL  GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN

 

DECRETA:

 

Artículo 1º: AUTORÍZASE en el ámbito del Consejo Provincial de Educación, dependiente del Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, la contratación de las personas que se detallan en el ANEXO I, que forma parte de la presente Normal Legal, bajo la figura del Contrato de Locación de Servicios a Plazo Fijo, para desempeñar tareas de auxiliar de servicio en Establecimientos Educativos de la Provincia del Neuquén, a partir de la fecha que en cado caso se indica y hasta el 31 de Diciembre de 2012.

 

Artículo 2º: EXCEPTÚASE la presente Norma Legal de lo dispuesto en el Decreto Nº 1214/12.

 

Artículo 3º: APRUÉBASE el modelo de Contrato consignado en el ANEXO II que forma parte del presente Decreto y FACÚLTASE al Señor Presidente del Consejo Provincial de Educación a suscribir dicho Contrato de Locación de Servicios a Plazo Fijo, en nombre y representación del Estado Provincial.

 

Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Normal Legal será imputado a la correspondiente partida del Presupuesto General vigente.

 

Artículo 5º: DETERMÍNASE que a través de la Dirección Provincial de Distritos Regionales Educativos dependiente del Consejo Provincial de Educación se efectúen las notificaciones de rigor.

 

Artículo 6º: FACÚLTASE a la señora Ministra de Gobierno, Educación y Justicia a modificar modificar el lugar de prestación del servicio de las personas detalladas en el Anexo I, previsto en la Cláusula Primera del contrato cuyo tenor se aprueba en el Artículo 3º de la presente Norma Legal, siempre que existan razones de servicio debidamente justificadas, previa intervención en las actuaciones administrativas pertinentes de la Subsecretaría de Hacienda, dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas.

 

Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Gobierno, Educación y Justicia.

 

Artículo 8º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese intervención al Boletín Oficial y Archívese.

 

 

 

FDO) SAPAG

          REINA

 

 

 

 

ANEXO I

AUXILIARES DE SERVICIO

 

 

 

ANEXO II

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS A PLAZO FIJO:

Auxiliares de Servicio

 

Entre el Consejo Provincial de Educación, representado en este acto por……., en adelante denominado “ EL CONSEJO” por una parte, y por la otra el/la Sr./Sra………D.N.I. Nº ……en adelante denominado “EL CONTRATADO”, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de servicios a plazo fijo, el que se regulará por las modalidades a que se refieren las siguientes cláusulas, estando expresamente excluido del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial por imperio del Artículo 1º, inciso f), de dicho cuerpo normativo, circunstancia que “ EL CONTRATADO” dice aceptar y conocer.

PRIMERA: “EL CONSEJO” encomienda a “EL CONTRATADO” y este se compromete a desarrollar tareas inherentes al Contrato de auxiliar de servicio en el ………. De lunes a viernes o jornadas especiales de actividades educativas, con una carga horaria de siete (7) horas diarias (máximo 35 horas semanales), según las necesidades y modalidades de la Dirección General Distrito Regional Educativo del cual depende, reportándose al Director o autoridad designada a cargo del mismo, quien tendrá a su cargo la certificación del servicio prestado por “EL CONTRATADO”…………………………………………………………………………

SEGUNDA: De común acuerdo “EL CONSEJO” abonará a “EL CONTRATADO” por todo concepto, entendido como tal, la única y total contraprestación mensual neta, la suma de pesos……….($….), efectuados los descuentos correspondientes a los aportes personales provisional y asistenciales determinados por la Ley 611 y sus modificaciones y concordantes, y el importe que deberá ser imputado para el seguro de vida obligatorio.

Asimismo, serán abonadas las asignaciones familiares que pudieran corresponder, a partir del momento en que se acredite la documentación que permita justificar el pago de tal asignación, en el marco  de la legislación provincial vigente en la materia.

A los efectos del sellado del presente Contrato ante la Dirección Provincial de Rentas, se deja constancia que el importe a considerar es de pesos… ($…)………………………………………

TERCERA: El presente Contrato de Locación a plazo fijo tendrá vigencia a partir de …y hasta el 31 de diciembre de 2012, fecha a partir de la cual quedará extinguida la relación de hecho y pleno derecho, sin necesidad de notificación alguna………………………………………..

CUARTA: Se deja expresamente establecido que el presente contrato no crea relación de dependencia en el marco del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial, por estar expresamente excluido en su Artículo 1º, inciso f), con excepción de lo establecido en el Artículo 140º de dicho cuerpo estatuario……………………………………..

QUINTA: “EL CONSEJO” podrá suspender los servicios de “EL CONTRATADO” en forma unilateral, por el término de diez (10) días hábiles, dentro de cualquiera de los recesos establecidos en el calendario escolar o cuando las necesidades del servicio lo ameriten en fracciones no mayores de cinco (5) días hábiles, sin afectación de la retribución mensual acordada……………………………………………………………………………………………

SEXTA: Cualquiera de las partes puede dar por rescindido el presente Contrato, incluso sin justa causa, mediante la notificación fehaciente a la otra parte, con una anticipación no menor a treinta (30) días, en cuyo caso operará la rescisión sin necesidad de intervención jurídica y sin derecho a reclamo de indemnización por tal concepto………………………………………………….

SÉPTIMA: Para todos los efectos legales derivados de este Contrato, las partes reconocen la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Neuquén, a cuyos efectos constituyen domicilio “EL CONSEJO” en calle Belgrano y Colon, de la ciudad de Neuquén y “EL CONTRATADO” en ……, de la ciudad de …………………………………………………….

 

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Neuquén a los…..del mes de….del año 2012.——————————-

 

 

 

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