Decreto Nº 1857-2006 Dirección Provincial de Vialidad – Solicitud del Certificado de Estado de Situación de las Empresas Oferentes ante el IADEP – Licitaciones

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DECRETO Nº 1857/06.-

NEUQUEN, 03 DE OCTUBRE 2006.-

  

VISTO:

 

           El Expediente N° 3866-002452/06, del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad; y

  

CONSIDERANDO:

 

           Que a través del expediente referenciado la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) solicita pautas para la inclusión en las licitaciones de la DPV de la exigencia de presentación del «Certificado de Estado de situación de las empresas oferentes ante el Instituto Autárquico para el Desarrollo Patagónico (IADEP)»;

 

          Que a fojas 10 el IADEP menciona que el informe a solicitar lleva el nombre de «Certificado de Estado de situación ante el IADEP»;

 

          Que resulta de aplicación la Ley Nº 2141 articulo Nº 64 y concordantes así como el Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº 2758/95 y la Ley Nº 687;

 

          Que es el articulo Nº 15 del Decreto nombrado el que determina las cláusulas generales y particulares que deben contener los pliegos de licitación;

 

          Que dicho articulo refiere que los pliegos deben contener «como mínimo» las condiciones que la norma enumera, no encontrándose entre las mismas certificado alguno del IADEP;

 

          Que igualmente la norma es clara en cuanto a que permite la incorporación de tantos requisitos como la razonabilidad permita, por cuanto las especificaciones que la norma requiere no son «numerus clausus», sino que permiten su ampliación por el organismo licitante;

 

          Que así se autoriza la incorporación de los requisitos que la administración entienda que corresponden, debiendo contemplar «como mínimo » los contenidos en el articulo Nº 15;

 

          Que el único limite es el común a todos los actos de la administración, esto es, la razonabilidad;

 

          Que resulta razonable la exigencia de que los oferentes no mantengan deudas con organismos que dependan del Estado Provincial;

 

          Que en virtud de lo dispuesto por los artículos Nº 1 y Nº 13 de la Ley Nº 687, se requiere de un decreto para la incorporación a los pliegos licitatorios de la Dirección Provincial de Vialidad del requisito en cuestión;

 

Por ello;

    

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN

DECRETA:

 

Articulo 1°: Autorizase a incluir en los pliegos de las licitaciones llevadas a cabo bajo la orbita de la Dirección Provincial de Vialidad como requisito que deberán cumplir las personas físicas o jurídicas oferentes la presentación del «Certificado de Estado de Situación ante el Instituto Autárquico para el Desarrollo Patagónico (IADEP)» a fin de constatar que las mismas no se encuentran en situación morosa ante ese Instituto, dicho estado de mora ante el IADEP podrá ser causal de rechazo de la oferta.

 

Articulo 2°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Empresas Publicas.

 

Articulo 3°: Regístrese y cumplido, archívese.

 

 

 

FDO.) SOBISCH

ESTEVES

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