Disposición Nº 4-2000.CG Ordenes de compra – Registración del compromiso y devengado

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DISPOSICION N° 04/00.-CG

NEUQUEN, 25 de Enero de 2000.-

 

VISTO

El Expte. N° 2757-2983/00 de la Contaduría General, y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 20 de la Ley de Administración Financiera y Control prescribe que no podrán aprobarse gastos para cuya imputación no exista saldo presupuestario disponible,

Que el articulo 48 indica que todos los actos u operaciones comprendidas en la presente ley deben hallarse respaldados por medio de documentos y registrarse contablemente en forma sistemática de modo que posibilite la confección de cuentas, estados demostrativos y balances que hagan factible su medición, control y juzgamiento, y permita brindar información para la toma de decisiones,

Que es necesario implementar que la orden de compra incluya el número de transacción contable a los efectos de asegurar el cumplimiento de las normativas legales,

Que a efectos de lo anteriormente expuesto, se deberá adecuar el ANEXO l de la Disposición N° 038/96 C.G.,

Que la Subsecretaria de Ingresos Públicos instruyó a la Dirección General de Rentas que, previa al sellado fiscal, verifique que se ha dado cumplimiento a la inclusión, en la Orden de Compra, del numero de registración contable,

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA

DISPONE:

ARTICULO 1°: A los efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 20 de la Ley N° 2141 y su reglamentación, toda contratación que por su monto u objeto dé origen a la emisión de una orden de compra (sea para la adquisición de bienes, servicios, publicidad, etc.), ésta deberá incluir el número de transacción contable a través de la cual se registra el gasto. Los Directores de Administración deberán llevar un registro único y correlativo del numero de Ordenes de Compra emitidos. En los organismos descentralizados los Directores ,Administración o quienes hagan sus veces instrumentaran los medios para hacer cumplir lo normado por la presente.

ARTICULO 2º: Modifícase el ANEXO I de la Disposición N° 038/96, de la siguiente manera

PARTIDA PRESUPUESTARIA

P.P. 3 SERVICIOS

p.p. 1 Electricidad, gas y agua

COMPROMISO

Al inicio del ejercicio de acuerdo a un estimado anual

DEVENGADO

Por la factura con la recepción conforme de los servicios

PARTIDA PRESUPUESTARIA

P.P. 3 – SERVICIOS

p.p. 4 – Comunicaciones

COMPROMISO

Al formalizarse el contrato u ordenarse el servicio, o en su caso, al inicio del ejercicio de acuerdo a un estimado anual.

DEVENGADO

Por la factura con la conformidad de la prestación.

PARTIDA PRESUPUESTARIA

P.P. 3 – SERVICIOS

p.p. 9 – Impuestos, derechos,

COMPROMISO

Al inicio del ejercicio de acuerdo a un estimado anual

DEVENGADO

Al vencimiento; por la factura o liquidación; o por la declaración jurada, según corresponda

ARTICULO  3º: Comuníquese y Archívese

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