Disposición Nº 15-2019 – Generación de Expediente Electrónico a los Procesos de Rendiciones de fondos de Fondo Permanente Artículo 62 y Programas Financiados – Transferencia Global de Fondos

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DISPOSICIÓN Nº 15/19.-
NEUQUÉN, 03 SEP 2019

VISTO:

La Ley Provincial 3002, Ley Orgánica de Ministerios de Neuquén 3190, Decretos Nº 587/19, los acuerdos Marco y Específico suscriptos entre el Ministerio de Modernización de la Nación y la Provincia de Neuquén aprobados
por Decreto Nº 244/17 y el Decreto Nº 1670/18; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1670/18 se aprueba la reglamentación de la Ley Provincial 3002 de expedientes digitales, documentos electrónicos, firmas electrónicas y digitales, archivos electrónicos y digitales, en los procesos y procedimientos administrativos que se tramitan ante los Poderes de la Provincia de Neuquén;

Que en el año 2016 el Gobierno de la Provincia de Neuquén firmó un Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Modernización de la Nación que se aprobó por el Decreto Nº 244/17;

Que en consideración al Convenio se ha venido trabajando en las diferentes áreas técnicas provinciales a fin de poner en producción herramientas que permitan avanzar en la aplicación de tecnologías informáticas que modernicen el acceso a la información pública y los trámites administrativos;

Que bajo Titulo I, Capítulo IX, artículo 1 ° del compendio normativo aprobado por Disposición 40/17 de la Contaduría General de la Provincia se determina el procedimiento para la rendición de cuentas de fondos invertidos por los Servicios Administrativos Financieros de la Administración Central – excepto haberes;

Que en este proceso, se han llevado a cabo reuniones entre ésta Contaduría General en coordinación con la Secretaría de Modernización de la Gestión Pública dependiente del Ministerio de Gobierno, con la Asesoría General de Gobierno, con la Dirección Provincial de Capacitación y Formación de Recursos Humanos dependiente de la
Subsecretaría de Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Economía e Infraestructura, y de la Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación a los efectos de analizar las diferentes vías de acción para lograr una implementación exitosa del sistema de Gestión Documental Electrónica en todos los procesos y procedimientos que actualmente realiza la Administración Pública Provincial;

Que se ha realizado, en diferentes versiones, el proceso en entornos de capacitación y testeo del sistema de Gestión Documental Electrónica;

Que a través de la Disposición Nº 24/2018 de la Contaduría General de la Provincia se instrumentó la Generación del Expediente Electrónico en el proceso de Solicitud y Remisión de Transferencia Global de Fondos, Estableciéndose en la misma un cronograma inicial de implementación de los diferentes Servicios Administrativos Financieros de la Administración Central;

Que el mencionado cronograma de implementación se está desarrollando con éxito, logrando que la mayoría de los Servicios Administrativos Financieros generen Expediente Electrónico para la Solicitud y Remisión de Transferencia Global de Fondos;

Que la Dirección General de Auditoría y Rendiciones se encuentra trabajando junto con el Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Modernización de la Gestión Pública en una prueba piloto de rendición de fondos del Fondo Permanente Artículo 62 y de Transferencia Global de Fondos a través de Expediente Electrónico, logrando importantes avances;

Que asimismo se ha establecido un cronograma de implementación en paralelo a la rendición de fondos de Fondo Permanente Artículo 62 y Programas Financiados, así como también Transferencia Global de Fondos a los organismos dependientes de la Administración Central del Poder Ejecutivo a los efectos de organizar dicho proceso en forma gradual y progresiva;

Por ello, en uso de sus atribuciones;

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN
DISPONE:

Artículo 1°: IMPLEMÉNTESE a partir de Septiembre de 2019 en forma gradual y progresiva la generación del expediente electrónico, para las rendiciones de fondos de Fondo Permanente Artículo 62 y Programas Financiados, así como también Transferencia Global de Fondos bajo Titulo I, Capítulo IX, artículo 1 ° del compendio normativo aprobado por Disposición 40/17 de la Contaduría General de la Provincia.

Artículo 2°: APRUÉBESE el cronograma de implementación de los diferentes Servicios Administrativos Financieros, que como Anexo I forma parte de la presente Disposición. La Contaduría podrá modificar el cronograma de acuerdo a las necesidades técnicas de los servicios administrativos.

Artículo 3°: COMUNÍQUESE y ARCHÍVESE.

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