Disposición Nº 01-2008.CG Reorganización de los S.A.F. por recepción o absorción de otro organismo Ley 2571

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DISPOSICIÓN N°  01/08 CG.-

NEUQUEN, 08 de enero de 2008.-

 

 

 

VISTO:

 

La Ley N° 2571, Orgánica de Ministerios de la Provincia de Neuquén; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través de dicha norma legal se crean distintos Ministerios y Secretarías modificando las estructuras administrativas creadas por la  gestión de gobierno saliente.

 

Que ello implica la reorganización de los Servicios Administrativos Financieros por recepción en su jurisdicción de otros organismos o absorción de otros Servicios Administrativos Financieros.

 

Que corresponde, en consecuencia, reglar para la transición determinados procedimientos que permitan llevar a cabo las tareas de manera ordenada y que en todos los casos se apliquen idénticas soluciones para similares trámites.

 

Por ello, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 79º) incisos a), b) y d) de la Ley N° 2141 de Administración Financiera y control:

 

 

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN

DISPONE:

 

 

Artículo 1º) Apruébanse los procedimientos y trámites, que como Anexo I forman parte de la presente Disposición, a los que se ajustarán los Servicios Administrativos Financieros que recepcionen en su jurisdicción a otros Organismos o absorban a otros Servicios Administrativos Financieros, como consecuencia de la aplicación de la Ley N° 2571, Orgánica de Ministerios de la Provincia del Neuquén.

 

Artículo 2°) Comuníquese y ARCHÍVESE.

 

 

ANEXO I – DISPOSICIÓN N° 01/08

 

 

TRAMITES A REALIZAR

S.A.F. QUE ABSORBE A OTRO S.A.F.

CAMBIO DE JURISDICCIÓN DE ORGANISMOS SIN INCLUIR S.A.F.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Transferencia

Global

De fondos

 

Deudas devengadas e imputadas (Li)  al 31/12/2007:

Se deberán solicitar los fondos a través de la apertura de los correspondientes expedientes de TGF respetando la individualidad de cada uno de los S.A.F. absorbidos.

 

Cuentas Corrientes Bancarias: se mantendrán abiertas las cuentas de cada uno de los S.A.F. debiendo hacer, de corresponder, el cambio de registro de firmas ante la entidad bancaria. La cuenta permanecerá abierta hasta la cancelación de la totalidad de la deuda, momento en el que se procederá a su cierre definitivo.

 

Rendiciones:

Se presentarán tantas rendiciones como S.A.F. se hayan absorbido.

El mes en que se opere la cancelación total de las deudas deberá presentarse la rendición final que cerrará definitivamente el expediente abierto.

 

Deudas Devengadas e imputadas (Li)  al 31/12/2007:

El S.A.F. recepcionante  deberán solicitar los fondos conservando la jurisdicción del S.A.F.  que  originó la deuda.

 

 

 

 

Cuentas Corrientes Bancarias:

Los pagos se efectivizarán a través de las cuentas corrientes del S.A.F. del que proviene el organismo. La cuenta permanecerá abierta hasta la cancelación de la totalidad de la deuda, momento en el que se procederá a su cierre definitivo.

 

 

 

 

 

 

 

Rendiciones:

Los pagos del S.A.F. recepcionante se rendirán conjuntamente con las rendiciones de TGF del S.A.F. de origen de la deuda.

 

 

 

 

 

Fondo

Permanente

Artículo 62°

 

Deudas devengadas e imputadas (Li)  al 31/12/2007:

El SiCoPro transformará automáticamente las deudas registradas del S.A.F. absorbido en deudas del Tesoro (de 421 a 219).

Se deberán solicitar los fondos a través de la modalidad de cargo específico, respetando la individualidad de cada uno de los S.A.F. absorbidos.

 

Cuentas Corrientes Bancarias:

Las cuentas de cada uno de los S.A.F. absorbidos se mantendrán abiertas. De corresponder, deberá realizarse el cambio de registro de firmas ante la entidad bancaria. Las cuentas permanecerán abiertas  hasta la cancelación de la totalidad de la deuda, momento en el que se procederá al cierre definitivo de las mismas.

 

Rendiciones:

Las rendiciones se realizarán con las formalidades correspondientes a los cargos específicos, y por cada remesa de fondos remitida por la Tesorería General.

 

Deudas devengadas e imputadas (Li)  al 31/12/2007:

El SiCoPro transformará automáticamente las deudas registradas  del S.A.F. de origen  en deudas del Tesoro (de 421 a 219).

Se deberán solicitar los fondos respetando la jurisdicción del S.A.F. en el que se originó la deuda, bajo la modalidad de cargo específico.

 

 

Cuentas Corrientes Bancarias:

Los pagos se efectivizarán a través de las cuentas  corrientes del S.A.F. del que proviene el organismo.

 

 

 

 

 

 

 

Rendiciones:

Las rendiciones se realizarán con las formalidades correspondientes a los cargos específicos, y por cada remesa de fondos remitida por la Tesorería General.

 

 

Compromisos

No

Devengados

Al 31/12/2007

 

Se deberán reapropiar a las partidas presupuestarias que le correspondan en el ejercicio en que se produzca el devengamiento.

 

Se deberán reapropiar a las partidas presupuestarias que le correspondan en el ejercicio en que se produzca el devengamiento.

A tal efecto el SA.F. de origen remitirá al de recepción la totalidad de la documentación que permita continuar con la ejecución del contrato.

 

 

 

 

 

 

 

Procesos de

Compras

 

Abiertos al 31/12/2007 y sin preadjudicación:

El S.A.F. absorbente continuará con los trámites de preadjudicación y adjudicación correspondiente.

 

 

 

Abiertos al 31/12/2007 y con Preadjudicación:

El S.A.F. absorbente continuará con los trámites de adjudicación correspondientes.

 

 

 

Con apertura posterior al 31/12/2007:

En la fecha determinada se procederá a realizar la apertura a fin de continuar con los trámites de la contratación.

En caso de cambio de lugar, se comunicará o publicará tal circunstancia para toma de conocimiento de los interesados invitados o adquirentes de pliegos.

 

Abiertos al 31/12/2007 y sin preadjudicación:

El S.A.F. de origen remitirá al S.A.F. recepcionante del organismo el expediente a fin de que se continúen con los trámites de preadjudicación y adjudicación correspondientes.

 

Abiertos al 31/12/2007 y con Preadjudicación:

El S.A.F. de origen remitirá al S.A.F. recepcionante del Organismo el expediente a fin de que se continúen con los trámites de adjudicación correspondiente.

 

Con apertura posterior al 31/12/2007:

El S.A.F. de origen en la fecha determinada procederá a realizar el trámite de apertura invitando al S.A.F. recepcionante del Organismo, a presenciar el acto.

Cumplida la apertura el expediente se remitirá al S.A.F. recepcionante a fin de continuar con los demás trámites de contratación.

 

 

 

 

 

 

 

 

Rendición y

Reliquidación

De los sueldos

 

Rendiciones de pagos realizados y devengados hasta el 31/12/07:

Se presentarán tantas rendiciones como S.A.F. se hayan absorbido. En la rendición del mes de diciembre/07, el saldo de la cuenta corriente bancaria deberá ser cero ( 0 ). En caso de que dicho saldo sea positivo, deberá transferirse el mismo a la cuenta corriente del S.A.F. absorbente.

Las cuentas corrientes de los S.A.F. absorbidos deberán ser cerradas al momento de realizarse la última rendición.

 

Reliquidaciones pendientes:

Si al momento de rendición de los haberes del mes de diciembre/07 existieran reliquidaciones pendientes de efectuar, se realizaran a través del S.A.F. absorbente.

 

Rendiciones de pagos realizados y devengados hasta el 31/12/07:

Serán presentadas por el S.A.F. de origen del Organismo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Reliquidaciones pendientes:

Si al momento de la rendición de los haberes del mes de Diciembre/07 existieran reliquidaciones pendientes se realizarán en el S.A.F. recepcionante del Organismo. A tal fin el S.A.F. de origen deberá depositar los fondos pertinentes, en la cuenta corriente que el S.A.F. recepcionante indique.

 

 

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