Ley Nº 2072-1994 – Zona Franca Zapala SAPEM

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LEY 2072

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º      Determínase a la ciudad de Zapala, y su Departamento, como lugar exclusivo de asentamiento y localización, dentro de la Provincia del Neuquén, de la zona franca prescripta en el artículo 2º de la Ley nacional 24331.

Artículo 2º      Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.

DADA            en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los catorce días de julio de mil novecientos noventa y cuatro.- – – – – – – – – – – – – – –

Fdo.)   PLANTEY, Alberto –vicepresidente 2° a/c. Presidencia- NATTA VERA, Ricardo Jorge -secretario- H. Legislatura del Neuquén.

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