Decreto Nº 1339-2014 – Reasignación TICAFO

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DECRETO Nº 1339/2014

NEUQUÉN, 10 DE JULIO DE 2014

 

VISTO:

El Expediente N° 5902-008484/14 Alcance N° 01/14 del registro de la Mesa de Entradas y Salidas del Ente Provincial de Agua y Saneamiento; y

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del Visto se tramita un incremento del Presupuesto General Vigente del Ente Provincial de Agua y Saneamiento;

Que  por  la  Ley  2820 se  crea  el  Fondo para Obras de Infraestructura Social y  Productiva  de la  Provincia  del  Neuquén destinado  al financiamiento del Plan de Obras para Municipios y Comisiones de Fomento, el que será ejecutado durante el período 2013/2016;

Que en el Anexo Único de la misma se incorpora el listado de obras aprobadas a  financiarse con  los Títulos de  cancelación de  Deuda y Financiamiento de Obras (T.I.C.A.F.O.), el cual incluye los proyectos para la Ciudad de Centenario: “SISTEMA DE PROVISION DE AGUA POTABLE A LA MESETA” y “NEXO DESDE PLANTA POTABIUZADORA- ACUEDUCTO MARIMENUCO”, a contratarse a través del EPAS;

Que en su Artículo  4° indica: “(…)  El Poder Ejecutivo podrá redistribuir en hasta un  veinte por ciento (20%)  los fondos provenientes  del financiamiento autorizado, de acuerdo a la proporción establecida en el presente Artículo, y/o adecuar el Plan de Obras dentro de las finalidades fijadas en el Anexo. Las obras que se incorporen  deberán comunicarse a  la Honorable  Legislatura Provincial dentro de los treinta (JO) días de su aprobación.”;

Que el Artículo 10° de la mencionada Ley establece:”Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer las reestructuraciones, modificaciones o reasignaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a  la presente Ley. Asimismo dispondrá la centralización, a través del Ministerio de Economía y Obras Públicas, de la información relativa a la utilización de los recursos que constituyen el Fondo creado por el artículo 1conforme la ejecución y el avance de las Obras financiadas con el mismo.”; con la mencionada Fuente de Financiamiento el Ente Provincial de Agua y Saneamiento elaboró un programa de obras prioritarias considerando la situación por la que atraviesa el servicio de agua potable y saneamiento urbano en la Ciudad de Neuquén y el Interior;

Que para la  contratación  y  ejecución del  nuevo proyecto denominado:  “ABASTECIMIENTO DE AGUA  POTABLE  A LA SEGUNDA  MESETA  DE CENTENARIO”, el Ente Provincial de Agua y Saneamiento cuenta con un Crédito Presupuestario de Pesos Veinte Millones Ochocientos Mil ($ 20.800.000), con FuFi 6134- T.I.C.A.F.O.;

Que dicha Obra se tramitó por Licitación Pública N° 01/14- EPAS y fue preadjudicada por oferta más conveniente a la empresa  ZOPPIHNOS. S.A. en Pesos Veinticuatro  Millones Seiscientos Ochenta y Cinco Mil Ochocientos Treinta y Nueve con 38/100 ($ 24.685.839,38),con un Presupuesto Oficial actualizado a marzo de 2014, de Pesos Veintiséis Millones Ochocientos Sesenta y Siete Mil Trescientos Ochenta y Nueve con 55/100 ($ 26.867.389,55) y un plazo de ejecución de ciento cincuenta (150) días corridos;

Que para el incremento  del Presupuesto de Pesos Nueve Millones Quinientos Mil ($ 9.500.000) necesario para la adjudicación, firma de contrato, así como para hacer frente a futuras ampliaciones, modificaciones  del proyecto o redeterminaciones  de precios, se dispondrá  de la diferencia  que surge entre la integración  del Fondo para Obras de Infraestructura Social y Productiva  de la Provincia del Neuquén, establecida por las Resoluciones No 0221/13 y No 0241/13 del Ministerio de Economía y Obras Públicas de la Provincia del Neuquén y la sumatoria de las Obras aprobadas por la Ley 2820 y su modificatoria 2832, la cual integra el fondo mencionado;

Que en atención al plazo fijado para la ejecución de los trabajos, los  mismos serán ejecutados en  el  ejercicio en  curso 2014 y  en  2015, correspondiendo  en consecuencia  la afectación  de ejercicio futuro del presente incremento, tallo previsto en el Artículo 8° de la Ley de Obras Públicas 0687;

Que se cuenta con la intervención de la Dirección Provincial de Finanzas de acuerdo a lo establecido por el Artículo 340 Inciso 7 de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control;

Que la  presente Norma Legal cuenta con  Dictamen Legal favorable;

Que corresponde emitir la Norma Legal pertinente;

 

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

 

DECRETA:

 

Artículo 1°: APRUÉBASE la reasignación del financiamiento establecido por la Ley

2820 (T.I.C.A.F.O.) para la Obra “ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A LA SEGUNDA MESETA DE CENTENARIO” en reemplazo de las obras “SISTEMA DE PROVISIÓN   DE AGUA   POTABLE   A  LA  MESETA”   y   “NEXO DESDE   PLANTA POTABILIZADORA – ACUEDUCTO MARMI  ENUCO”, por la suma total de Pesos Treinta Millones  Trescientos  Mil ($  30.300.000), provenientes  del Fondo para Obras  de Infraestructura  Social y Productiva creado en el Artículo 1° de la Ley 2820 y su modificatoria 2832.-

Artículo  2°: REESTRUCTÚRASE el Presupuesto General Vigente de la siguiente manera:

 

DÉBITO:

ClasificacióndelaErogación:

JUR    04      SA      T       TesoreríaGeneraldelaProvincia

NAP   116   FondoparaObrasdeInfraestructuraSocialyProductiva-Ley2820-T.I.C.A.F.O.

 

Jur     SA      UO   Fina     Func  Sfunc  lnci    PPal   Ppar   Spar  FuFi  UbGe   Importe

04      T        01      99      99     01      06     05     14      000  6134    0000    $ 9.500.000

 

FONDOSPARAOBRASDEINFRAESTRUCTURASOOALYPRODUCTIVA-LEY2820T.I.C.A.F.O.

 

TOTAL DÉBITO                                                                                         $9.500.00

 

 

CRÉDITO:

Clasificación de la Erogación:

 

JUR    04      Ministerio de Economía y Obras Públicas

SA      T        Servicio delTesoro

UO     01      Tesorería General de la Provincia

NAP    091   Contribuciones Financieras a Organismos Descentralizados y Fondos Fiduciarios

 

Jur  SA  UD CPN1 CPN2 CPN3  Fina  Func Sfunc Inci  PPal Ppar  Spar  Fufi  UbGe  Importe

04    T  01    091   000   000    99   99     99    09   02       02   009  6134  0000 $9.500.000

 

Ente Provincial de Agua y Saneamiento – EPAS

 

TOTAL CRÉDITO                                                                                      $9.500.00

 

 

Artículo 3º: INCREMÉNTASE el Presupuesto General Vigente del Ente Provincial de

Agua y Saneamiento- EPAS, de la siguiente manera:

 

DÉBITO:

Clasificación del Recurso:

JUR    08      Ministerio de Energía y Servicios Públicos

SA      09      Ente Provincial de Agua y Saneamiento – EPAS

Fina    04      Contribuciones Figurativas

Func   02      Contribuciones Figurativas para Financiaciones de Capital

Sfunc  01      Contribuciones de la Administración Central para Financiaciones de Capital

Inci    99      Contribuciones del Servicio del Tesoro

Ppal   00

Ppar   00

Spar   000

FuFi    6134  Títulos de Cancelación de Deuda y Financiamiento de Obras

T.I.C.A.F.O. Clase 1 y Clase 2                                                    $ 9.500.000

 

 

TOTAL DÉBITO                                                                                         $9.500.00

 

CRÉDITO:

Clasificación de la Erogación:

 

08      09      Entre Provincial de Agua y Saneamiento

UO     04      Gerencia General de Ingeniería

ORG   433    AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE AGUA Y      ALCANTARILLADO

PRY    17      SISTEMA DE AGUA POTABLE – CENTENARIO

OBRA 9       ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A LA SEGUNDA MESETA DE CENTENARIO

 

 

Jur     SA      UO   Fina  Func  Sfunc  lnci    PPal   Ppar   Spar  FuFi  UbGe   Importe

8       9        4       3      8        0      4         2         2       21   6134     42       $ 9.500.000

 

Proyecto de Ampliación o Mejoramiento – Unidad Nueva

 

TOTAL CRÉDITO                                                                                      $9.500.00

 

Artículo 4º: la erogación que demande la ejecución del presente Decreto será imputada a la siguiente Partida del Presupuesto General Vigente del EPAS, hasta la suma de Pesos Veintitrés  Millones Ochocientos Mil ($  23.800.000)  y Pesos Seis Millones Quinientos Mil ($ 6.500.000), con cargo al ejercicio 2015:

 

Jur     SA      UO   Fina  Func  Sfunc  lnci    PPal   Ppar   Spar  FuFi  UbGe   Importe

8       9        4       3      8        0      4         2         2       21   6134     42       $ 23.800.000

 

Artículo 5°: NOTIFÍQUESE la presente Norma Legal a la Subsecretaría de Hacienda, Subsecretaría  de Ingresos Públicos  dependientes  del Ministerio  de Economía y Obras Públicas y a la Subsecretaría de Planificación y Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Energía y Servicios Públicos.-

Artículo 6°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Energía y Servicios  Públicos  y por el Señor Ministro de Economía  y Obras Públicas.-

 

Artículo 7º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.-

 

 

Fdo.) SAPAG

COCO

GUTIÉRREZ

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