Decreto Nº 772-2017 – Remanente  del  “Fondo  para  el  Desarrollo  Socio-Ambiental (proyecto Potasio Río Colorado)”

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DECRETO Nº 0772/17.-
NEUQUÉN, 22 MAY 2017

VISTO:

El expediente N° 7700-000691/2016 del registro de la Mesa de Entradas y Salidas del Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales; y

CONSIDERANDO:

Que  en  fecha  18  de  agosto  de  2011,  se  suscribió  un  Acta Compromiso entre la Provincia del Neuquén, junto con la Municipalidad de Rincón de los Sauces y la empresa Potasio Río Colorado S.A., en el marco del proyecto propuesto por esta última, teniendo en miras el desarrollo de un complejo industrial en la Provincia de Mendoza para la producción de cloruro de potasio, el cual es denominado “Proyecto Potasio Río Colorado”;

Que el mencionado Acta Compromiso fue ratificado mediante Decreto Nº 1519/11 del Poder Ejecutivo provincial, en fecha 24 de agosto de 2011;

Que para lograr el desarrollo y concreción del referido proyecto,  la empresa debía realizar en la Provincia del Neuquén y, en particular, en el Municipio de Rincón de los Sauces, importantes obras de infraestructura y comunicación, destinadas al transporte de insumos y de producción;

Que en virtud de la influencia del proyecto en el territorio de la Provincia del Neuquén (no sólo por la cercanía geográfica sino también por las obras de infraestructura a realizarse en la misma), la empresa Potasio Río Colorado S.A. se comprometió a contribuir a un proceso de inversión destinado específicamente a la promoción de aspectos sociales, de infraestructura y medio ambiente;

Que en el referido contexto y en el marco de una política de impulso al desarrollo sustentable y de promoción del desarrollo de infraestructura provincial y municipal, la Provincia del Neuquén y la empresa Potasio Río Colorado

S.A. acordaron que esta última efectuaría un aporte por la suma de dólares estadounidenses once millones (U$S 11.000.000.-) a un fondo de afectación específica a crearse bajo la denominación de “Fondo de Desarrollo Socio-Ambiental (Proyecto Potasio Río Colorado)”;

Que asimismo se acordó que el fondo a crearse constituya un fondo fiduciario con destino específico, sujeto a la normativa nacional y provincial vigente en materia de fideicomisos, así como también a los términos y condiciones previstos en el Anexo I del Acta Compromiso;

Que se resolvió conformar una Comisión del Fondo de Desarrollo Socio-Ambiental encargada de desarrollar los estudios necesarios, definir el plan de obras, y procurar una distribución equilibrada de los recursos e inversiones según las necesidades de la comunidad involucrada en la zona de influencia del PROYECTO POTASIO RÍO COLORADO;

Que, Fiduciaria Neuquina S.A. ha sido creada por la Provincia del Neuquén, a través de la Ley 2612, con los fines de cumplir activamente el rol de fiduciario de los fideicomisos constituidos por el Estado Provincial;

Que por Decreto Nº 1076/12 se aprobó la constitución del “FONDO    DE    DESARROLLO    SOCIO-AMBIENTAL”    (PROYECTO    POTASIO  RÍO COLORADO)” y el contrato constitutivo del mismo, que fuera suscripto entre la Provincia en carácter de fiduciante, y Fiduciaria Neuquina S.A. en carácter de fiduciario con fecha 06 de julio de 2012;

Que en virtud del Contrato Fiduciaria Neuquina S.A. asumió el carácter de fiduciario de los bienes cedidos en propiedad fiduciaria por parte del Fiduciante Originario (la Provincia) y/u otros que Fiduciantes y/o Aportantes y/o Donantes le asignen, para ser aplicado al financiamiento de las obras de infraestructura provincial y municipal que se ejecuten conforme al plan de obras elaborado y elevado por la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio-Ambiental y de acuerdo a las definiciones adoptadas en definitiva por el Poder Ejecutivo Provincial en su calidad de Fiduciante;

Que el Fideicomiso preveía un plazo de vigencia de cuatro (4) años desde la fecha de constitución;

Que conforme lo establece el artículo 23º del Contrato Constitutivo, al momento de la extinción del Fideicomiso, de existir fondos remanentes, los mismos deben ser transferidos a la Provincia, en su carácter de Fideicomisario;

Que mediante Decreto Nº 25 de fecha 15 de enero de 2016 se designó como nueva autoridad de aplicación del Fideicomiso referido al Ministerio de Economía e Infraestructura, y con fecha 29 de Febrero de 2016 se suscribe la Adenda modificatoria al Contrato, a efectos de sustituir al ex Ministerio de Desarrollo Territorial;

Que por nota de fecha 04 de Julio de 2016 Fiduciaria Neuquina S.A. ha informado la proximidad del cumplimiento del plazo de vigencia del Fideicomiso y la posibilidad de su prórroga;

Que por nota de fecha 15 de Septiembre 2016 el Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales de la Provincia informa a Fiduciaria Neuquina S.A. que, atento a que el Proyecto Potasio Río Colorado no continúa en ejecución y que la Empresa promotora ha incumplido parcialmente los aportes comprometidos, entiende oportuno y conveniente dar por extinguido el Contrato en razón del cumplimiento del plazo contractual;

Que, en similar sentido, mediante nota de fecha 19 de octubre de 2016 el Ministerio de Economía e Infraestructura de la Provincia, en su carácter de autoridad de aplicación informa que atento a que el Fidecomiso no recibirá nuevos ingresos, generando los gastos de administración previstos en el artículo 21º del Contrato, se considera conveniente no prorrogar el plazo de vigencia del Fideicomiso procediendo a su liquidación de conformidad con el artículo 23º del mismo;

Que, como consecuencia de la extinción del Fideicomiso por cumplimiento del plazo contractual, el fiduciario ha procedido a la liquidación del fondo  y presentado la rendición de cuentas correspondiente, debiendo la provincia proceder a su aprobación, en su caso, y a instruir respecto del destino de los fondos remanentes atento su carácter de Fideicomisario;

Que, mediante Decreto Nº 2356/08 se aprobó la constitución del Fondo Fiduciario de Responsabilidad Empresaria, del cual la Provincia del Neuquén resulta ser Fiduciante y Fiduciaria Neuquina S.A. el fiduciario encargado de su administración;

Que, resulta conveniente destinar los fondos remanentes del Fideicomiso para el Desarrollo Socio Ambiental como aporte de la Provincia, en su carácter de fiduciante, al Fondo de Responsabilidad Social Empresaria, a fin de cumplir con obras referidas al objeto de este último Fondo;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

D E C R E T A:

 

Artículo 1º: INSTRÚYASE a Fiduciaria Neuquina S.A. a destinar y transferir el remanente  del  “Fondo  para  el  Desarrollo  Socio-Ambiental (proyecto Potasio Río Colorado)” que corresponde a la Provincia del Neuquén como Fideicomisario y que asciende a la suma de pesos dos millones cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y ocho con 62/100, ($2.056.468,62), a la cuenta fiduciaria correspondiente al Fondo de Responsabilidad Social Empresaria debiendo imputarse como un aporte de la Provincia del Neuquén en su carácter de Fiduciante de dicho Fondo.

Artículo 2º: FACÚLTASE al Ministerio de Economía e Infraestructura a efectuar las modificaciones  necesarias  en  el  Presupuesto  General  Vigente  y    a la  Contaduría  General   de   la   Provincia   a   realizar   las   adecuaciones   contables correspondientes, para el cumplimiento de lo establecido en la presente norma.

Artículo 3º: COMUNÍQUESE a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General   de   la   Provincia,   a   los   efectos   de   tomar   nota   de las imputaciones y correspondientes registraciones contables.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía e Infraestructura.

Artículo   5º:   Comuníquese,  publíquese,  dese  intervención  al  Boletín  Oficial    y archívese.-

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