Decreto Nº 1449-2017 – Modificación el art. 1º del Anexo II – Decreto Nº 2178-10

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DECRETO Nº 1449/17.-
NEUQUÉN, 01 SEP 2017

VISTO:

El expediente Nº 7411-000026/2016 de la Mesa de Entradas de la Oficina Provincial de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía e Infraestructura de la Provincia del Neuquén, la Ley 2683 “Régimen de promoción de las actividades económicas para la adquisición de bienes  y la contratación de obras y servicios en la Provincia de Neuquén” y la Ley Orgánica de Ministerios 2987; y

CONSIDERANDO:

Que  la  Ley 2683  crea  el  “Régimen  de  promoción  de las actividades económicas para la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios en la Provincia de Neuquén”;

Que en su el artículo 2º establece que sus disposiciones serán de aplicación en todo el ámbito de la Administración Pública provincial,  sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas, descentralizadas y sociedades del Estado, quienes deberán adquirir productos, materiales, mercaderías y demás bienes de origen provincial, contratar obras y servicios con empresas provinciales, profesionales, técnicos y mano de obra de personas nativas o residentes de la Provincia;

Que la citada Ley en su artículo 7º crea en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial la “Comisión de Compre Neuquino”, determinando allí sus funciones;

Que por Decreto Nº 2178/10 se aprueba la reglamentación de la Ley 2683, estableciendo mediante el artículo 1º del Anexo II que dicha Comisión se desempeñará en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Gestión Pública y Contrataciones;

Que la Ley Orgánica de Ministerios 2987 establece bajo la órbita  de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía e Infraestructura a la Oficina Provincial de Contrataciones;

Que el control de las adquisiciones, enajenaciones y contrataciones públicas es competencia de la citada Oficina Provincial, por lo que habiendo sido modificada su dependencia es que resulta necesario adecuar la normativa vigente;

Que han tomado conocimiento la Secretaría de Gestión Pública dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia y la Subsecretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía e Infraestructura;

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 89º de la Ley 1284 de Procedimiento Administrativo, se cuenta con la intervención de la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

DECRETA:

Artículo 1°: MODIFÍCASE el artículo 1º del Anexo II correspondiente al Decreto Nº 2178/10,  reglamentario  de  la  Ley  2683  respecto  del  “Régimen de Promoción de las Actividades Económicas para la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios en la Provincia de Neuquén”, de la  siguiente manera:

Artículo 1 °: DETERMÍNASE que la Comisión de Compre Neuquino se desempeñará en el ámbito de la Oficina Provincial de Contrataciones de la Subsecretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía e Infraestructura, y/u organismo que en el futuro la remplace, donde se dispondrá de una oficina permanente en la cual se atenderán las cuestiones aludidas en el artículo siguiente. El funcionamiento de la Comisión se regirá por el presente Reglamento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 2683.”

Artículo 2º: NOTIFÍCASE a la Subsecretaría de Hacienda de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado en acuerdo general de ministros.

Artículo 4º: Comuníquese,   publíquese,   dese   intervención   al   Boletín   Oficial   y archívese.

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